Código de Ética

El Código de Ética en Go Beyond SDG, S.A. de C.V. es una herramienta enunciativa, mas no limitativa, cuyo propósito es dirigir nuestra manera de proceder ante nuestras obligaciones legales, profesionales y éticas, tanto en las relaciones de negocios como en nuestras relaciones interpersonales. Es por ello por lo que este documento debe ser encaminado a cumplir el comportamiento esperado y, asimismo, el incumplimiento deberá ser sancionado.

Sin embargo, no es posible listar cada situación particular, por lo que el buen juicio personal debe sustentar la construcción de nuestra cultura de integridad.

Actuar de acuerdo con nuestro Código de Ética promoverá un resultado positivo en el trabajo individual y colectivo en Go Beyond SDG, S.A. de C.V. y con sus grupos de interés, generando un ambiente de compromiso y confianza mutua. La habilidad de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. para crear valor se basa en la aplicación de altos estándares de respeto y ética profesional en sus relaciones de negocio con la comunidad, sus accionistas, autoridades, el personal, clientes y proveedores. Por ello, es nuestra responsabilidad y compromiso cumplir con el Código de Ética, ya que es el único medio para alcanzar las metas y objetivos en un ambiente de transparencia.

Aplicación del Código de Ética

El presente Código de Ética es de aplicación obligatoria para todos los colaboradores (sin importar la función que desempeñen), así como para representantes y cualquier persona que actué en nombre y cuenta de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. en México y en el extranjero.

Solicitamos el respeto de nuestro Código por parte de nuestros proveedores y contratistas, implementando su observancia como criterio de selección y permanencia de aquellos que nos proveen bienes y servicios.

Compartimos el Código con los demás miembros de nuestra cadena de valor y de nuestros grupos de interés en general, con el fin de dar a conocer nuestros principios, así como la manera en la que conducimos nuestras relaciones.

Responsabilidad de la alta Dirección

La alta Dirección debe mantener y establecer un comportamiento ejemplar en apego al Código de Ética, donde las acciones sean congruentes con nuestros valores y principios.

Es responsabilidad de la alta Direcci6n asegurar que el Código de Ética y demás políticas sean accesibles y comprendidos por todo el personal que dependa de su jerarquía, y vigilar su cumplimiento.

La alta Dirección promoverá un ambiente de confidencialidad en el que nuestra gente tenga la confianza para solicitar su apoyo, así como para expresar, sin temor a represalias, las inquietudes. denuncias o dudas que tenga con respecto al cumplimiento del Código de Ética y temas relacionados. Para ello, también asegurara que se mantengan los mecanismos adecuados para canalizar y tratar apropiadamente toda denuncia que se haga de manera honesta y de buena fe.

Incumplimiento y sanciones

Con el objeto de mantener un alto nivel de integridad, es importante que cumplamos con los valores, principios y comportamientos establecidos en el presente Código de Ética, así como con las políticas. procedimientos y demás normas aplicables. El incumplimiento de lo anterior puede tener diversas consecuencias disciplinarias, incluyendo desde la rescisión de contrato hasta la ejecución de acciones legales que puedan corresponder.

las sanciones o acciones disciplinarias serán congruentes con las políticas. practicas y principios establecidos por Go Beyond SDG, S.A. de C.V. y serán aplicadas por parte del Comité de Ética y Disciplina de manera consistente y proporcional a la gravedad de la falta y en concordancia con las leyes vigentes.

Dudas y denuncias

Para resolver cualquier duda o para plantear cualquier inquietud respecto al cumplimiento de las políticas de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. y demás normatividad aplicable, incluyendo este Código de Ética, uno puede acudir con su jefe inmediato. supervisor. gerente o director respectivo. En caso de que no sea posible o resulte inoportuno acudir con ellos, se sugiere contactar a cualquiera de las siguientes personas:

·         Director de ventas

·         Director General

Adicionalmente. se espera que las denuncias sean canalizadas a través del procedimiento que tiene implementado Go Beyond SDG, S.A. de C.V., para la recepción, retención y tratamiento de denuncias. Este procedimiento asegura una atención sin el riesgo de alguna acción diversa en su contra.

invitamos a nuestra gente a que le de uso a dicho procedimiento con el objeto de establecer denuncias legitimas, evitando falsas acusaciones y el mal uso de este mecanismo en el entendido de que las denuncias deben ser fundadas, motivadas y planteadas de buena fe y de manera honesta.

No represalias

En ninguna circunstancia se llevará a cabo alguna forma de represalia en contra de los que, de buena fe y manera honesta, buscan plantear, ayudar o abordar una inquietud o denuncia respecto al cumplimiento del presente documento y demás políticas de la Empresa. El cometer actos de represalia en contra de estos actos de buena fe, conducirá a serias acciones disciplinarias.

NUESTRA GENTE

Nuestro activo mas importante es el humano y nos preocupamos por el bienestar y desarrollo del personal, fomentando la capacitación y actualización continua y propiciando el eficiente desempeño de sus funciones.

Practicas de trabajo justas y no discriminación

En Go Beyond SDG, S.A. de C.V. promovemos la igualdad de oportunidades para nuestro personal y propiciamos una atmósfera en la que las practicas de trabajo justas se extiendan a toda la organización. Para ello, consideramos que el respeto y la diversidad de nuestra gente es una parte esencial para mantener la paz laboral, así como para retener a gente altamente calificada y comprometida con la Empresa.

Respetamos plenamente la dignidad humana de nuestros colaboradores y rechazamos cualquier clase de discriminación; por consiguiente en Go Beyond SDG, S.A. de C.V. no hacemos diferencias por origen étnico o nacional, genero, edad, discapacidad, condición social, afiliaciones políticas, condiciones de salud, religión, condici6n migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.

En caso de presenciar o haber sido victima de alguna practica de discriminación, uno deberá ponerse en contacto con su representante o director o levantar una denuncia a través de cualquiera de los medios establecidos en la sección de dudas y denuncias del presente documento.

Hostigamiento

Cualquier conducta o actividad que fomente, ya sea a través de un gesto o acción física, verbal o visual que tenga como propósito o consecuencia el humillar, ofender o intimidar a otra persona creando un clima laboral hostil se encuentra prohibida.

En Go Beyond SDG, S.A. de C.V. se prohíbe cualquier tipo de practica que atente contra la dignidad e integridad de sus colaboradores, proveedores, contratistas o cualquier persona que mantenga relaciones con la Empresa, sin importar los niveles, por lo que se tomaran todas las medidas necesarias para sancionar el acoso en todas sus formas, así como aquellas acciones de hostigamiento que contravienen la ley podrán ser llevadas hasta sus consecuencias legales.

Acoso sexual

El acoso sexual contempla insinuaciones inadecuadas. solicitud de favores íntimos y otras

conductas basadas en el sexo cuando:

·         La sumisión a dicha conducta sea un requisito o oondici6n explicita o implícita del empleo o del potencial de progreso del subalterno.

·         El asedio que tenga por objeto o por efecto interferir en el desempeño laboral de un colaborador, creando un entono laboral hostil ofensivo o intimidatorio.

·         Cualquier acto de connotaci6n sexual físico o verbal en agravio de una persona.

Por ello en Go Beyond SDG, S.A. de C.V. se prohíbe, condena y debe ser denunciado el acoso sexual por el daño moral que causa a quienes lo experimentan.

Conociendo la importancia y las afectaciones que pudieran tener estos actos, a continuación, se describen algunos ejemplos de acoso sexual:

·         Tocar, agarrar y pellizcar alguna parte del cuerpo de una persona que no esta de acuerdo.

·         Ser forzado a besar o abrazar a alguien.

·         Realizar propuestas sexuales. de cualquier índole.

·         Envío de mensajes, notas, correo electrónico con contenido sexual, etc.

Prohibimos toda forma de acoso y esta norma es aplicable a todos los colaboradores de Go Beyond SDG, S.A. de C.V., profesionistas. contratistas y proveedores de bienes y servicios. Además de que ciertas acciones de acoso o de hostigamiento contravienen la ley y podrán llevar a consecuencias legales, en Go Beyond SDG, S.A. de C.V. se tomarán todas las medidas necesarias para sancionar el acoso en todas sus formas.

Seguridad y salud

En Go Beyond SDG, S.A. de C.V. la seguridad de las personas es primero, pues consideramos a nuestro equipo humano como el activo mas valioso. Por ello, el cuidado de la vida, la salud y la integridad física de nuestro personal forma parte esencial y prioritaria en todas nuestras actividades.

Contamos con un Sistema integral para garantizar la seguridad y salud ocupacional, así como con manuales que especifican los procedimientos para preservar la integridad física de las personas, impulsando una cultura de alta prioridad que excede la normatividad aplicable y estableciendo los siguientes principios:

·         Todos los trabajadores propios, externos y visitantes deben cumplir con las normas, reglamentos y procedimientos de seguridad e higiene de la Empresa.

·         Tomar conciencia de las condiciones de seguridad e higiene para evitar accidentes, así como promover las acciones de seguridad.

·         Todos los lugares de trabajo deben de ser seguros.

·         Todo personal antes de ser asignado a una función debe ser y estar capacitado y adiestrado en las actividades a desempeñar para que las realice de forma segura.

·         A todo el personal se le debe proporcionar el equipo y materiales apropiados para el adecuado desempeño de sus actividades.

Exigimos el involucramiento total de nuestros proveedores, contratistas y/o cualquier otra persona externa que participa dentro de las actividades de la Empresa, trabajando solo con aquellos que cumplan plenamente con nuestra normatividad y nuestros estándares en materia de seguridad, asimismo siendo responsables plenamente de cuidar y mantener limpios y seguros los lugares de trabajo.

Mantenemos siempre a Go Beyond SDG, S.A. de C.V. como un lugar libre de droga, prohibiendo el consumo, uso o venta de alcohol, drogas y sustancias controladas y, en ciertas instancias, medicamentos que pudieran afectar la conducta y/o la seguridad y salud en el trabajo, lo cual aplica a personal interno y externo. A pesar de que el consumo moderado de alcohol pudiera ser permitido solo por determinadas autoridades en algunos eventos, y, uno deberá recordar que en dichos casos sigue aplicando lo establecido en el presente documento y demás políticas y normas internas.

NUESTROS RECURSOS DE NEGOCIO

Como colaboradores, todos dependemos del uso de los recursos que nos proporciona Go Beyond SDG, S.A. de C.V. para realizar nuestras labores. Estos son fundamentos para el debido desarrollo de las actividades, funciones y responsabilidades inherentes de cada puesto.

Todos los recursos de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. (herramientas de trabajo, incluye viajes y viáticos) son destinados a usarse en actividades o negocios relacionados con la Empresa. Prohibimos el uso de los recursos de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. para fines personales.

Todos somos responsables de proteger los activos de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. contra perdidas, danos, uso inapropiado, abusos o robo, ya que lo anterior tiene un impacto directo en la rentabilidad de la Empresa. Asimismo, es imprescindible mantener un estricto control de gastos y costos, así como hacer un manejo eficiente de estos recursos.

A quienes sean asignados recursos de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. serán responsables de su protección contra perdidas, daños, uso inapropiado, abusos o robo, etc.

Conflicto de intereses

Entendemos como conflicto de interés cualquier situación en la que la lealtad de algún miembro del personal queda dividida entre los legítimos intereses de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. y sus propios intereses, ya sean personales o relativos a sus familiares y amigos, de modo que su actuación pueda dejar de ser objetiva e imparcial, en detrimento del prestigio o patrimonio de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. y/o de las entidades que lo conforman. Evitamos conflictos de interés entre los asuntos de trabajo y los asuntos personales. Todo conflicto entre una relación personal y profesional ya sea real o aparente, deberá ser manejado de una manera transparente.

Evitamos el aprovecharse personalmente de las oportunidades que correspondan a Go Beyond SDG, S.A. de C.V. mediante el uso de las propiedades físicas, información o su posición e influencia. No debemos utilizar el cargo para obtener ventajas personales y/o familiares y/o de terceros.

No seria factible describir todas las situaciones en las que podría surgir un conflicto de interés, ni es la intención el tratar de definir un ámbito exacto de los mismos. Los siguientes son ejemplos, simples y generales, que no pretenden ser exclusivos, de acciones en las que un conflicto pudiera surgir:

·         Tener participación o empleo en alguna empresa que sea competencia de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. al mismo tiempo que se tiene interés o se encuentra laborando en la institución.

·         Competir, directa o indirectamente, con Go Beyond SDG, S.A. de C.V. por una oportunidad de negocio.

·         Hacer negocio con otra empresa, organización o individuo, basándose exclusivamente en una relación personal.

·         Aceptar u ofrecer regalos.

·         Participar, directa o indirectamente, en cualquier actividad que pudiera mejorar la posición de la competencia.

Como colaboradores de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. tenemos la obligación de anteponer los legítimos intereses de la Empresa en cualquier circunstancia en el ámbito profesional.

Por otra parte, esta prohibido a los colaboradores que desempeñan un cargo dentro de la organización, independientemente de la forma de remuneración:

Contratar en una misma área o empresa a personas que tengan parentesco por consanguinidad o civil hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el tercer grado, sin la autorización de la Dirección General, y en ningún caso si:

·         Sus funciones tienen relación de dependencia.

·         Representan un conflicto de intereses o un riesgo de control interno, real o potencial.

Realizar operaciones en beneficio personal, familiar o de terceros en prejuicio de Go Beyond SDG, S.A. de C.V.

intervenir en asuntos en los que tenga interés o beneficio personal, familiar o de negocios

(terceros con los que tenga relaciones profesionales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el trabajador o los familiares formen o hayan formado parte).

Todos somos responsables de declarar cualquier conflicto de interés cuando ocurra o cuando sospechemos que puede ocurrir, comunicándolo a la Dirección General.

Registros y revelación de información

Es importante para Go Beyond SDG, S.A. de C.V. asegurar la integridad y disponibilidad de información que refleje acertadamente el estado del negocio y su estratega, así como mantener un registro preciso de todas las transacciones e indicadores de desempeño. Por ello, cada uno de nosotros somos responsables de generar y mantener informaci6n correcta y verídica, con un alto grado de integridad en la contabilidad y los reportes financieros, comunicándola de forma adecuada tanto interna como externamente.

Contamos con un sistema de Control interno que tiene como fin promover la eficiencia y efectividad en las operaciones, la confiabilidad de la información financiera y el cumplimiento normativo, a través del establecimiento de un ambiente de control orientado a posibilitar la adecuada toma de decisiones, garantizar la transparencia financiera y  minimizar el riesgo de actividades fraudulentas, por lo que se sancionara cualquier ocultación, eliminación, falsificación, o alteración engañosa de la información.

En la requisición de información derivada por un proceso de auditoria interna, debemos proporcionar abierta y cooperativamente toda la información que sea requerida o que pudiera ser de alguna utilidad para el proceso de auditoria, evitando ocultar cualquier información.

En el caso de una requisición de información derivada de un proceso de auditora externa, se deberá informar inmediatamente al director del área receptora y al Director General con objeto de recibir instrucciones de como proceder.

Se prohíbe al personal, interno y externo, que tenga conocimiento o realice actividades

relacionadas con la generación de información financiera o privilegiada, utilizar dicha información para tomar ventaja, hacer uso personal u obtener beneficios personales, familiares o de terceros, con partes relacionadas.

Sistemas informáticos

Todos tenemos acceso a ciertos sistemas de comunicación y de tecnología de información, incluyendo software, hardware, sistemas de redes y otros sistemas de mensajería, y es nuestra responsabilidad utilizar dichos recursos informáticos únicamente para fines autorizados y en interés exclusivo de Go Beyond SDG, S.A. de C.V., evitando su uso para fines inapropiados.

Algunos ejemplos de uso inapropiado de sistemas informáticos incluyen:

·         Uso, venta o duplicación no autorizado de software bajo licencia.

·         Acceder, descargar, distribuir o almacenar material que sea ofensivo, discriminatorio, sexualmente implícito o explicito, violento, obsceno o que pudiera interpretarse como una forma de acoso, hostigamiento o abuso sexual.

·         Introducción intencional de un virus informático o software que pusiera en peligro la seguridad de la institución.

·         Llevar a cabo una actividad ilegal.

·         Bajar, distribuir o almacenar cualquier tipo de pornografía (fotos, videos, imágenes, etc.).

·         Uso de los recursos informáticos para fines de lucro.

·         Negociar o especular con productos y servicios que venda Go Beyond SDG, S.A. de C.V.

·         Realizar cualquier tipo de declaraciones a algún medio de comunicaci6n informático, red social, publicaciones comerciales o cualquier otro medio a nombre de Go Beyond SDG, S.A. de C.V.

En caso de tener alguna duda referente a la interpretación del contenido o el alcance de lo dispuesto en la presente sección, debemos de consultar a nuestro supervisor y/o gerente respectivo.

Correo electrónico e internet

Los sistemas de mensajería electrónica son un instrumento fundamental de comunicación entre los colaboradores y el uso de dichos sistemas esta debidamente reservado para Go Beyond SDG, S.A. de C.V. Es por esto por lo que su uso esta destinado a la estricta realización de las funciones inherentes a cada puesto o cargo. Algunos ejemplos de su uso inaceptable incluyen:

·         Realizar negocios particulares o personales.

·         Distribuir cadenas.

·         Causar daimio electrónico de cualquier índole.

·         Vender artículos.

·         Tener acceso a sitios de internet que no están relacionados con nuestra operación o negocio, con excepción de aquel os necesarios para el pago de servicios o actividades que implicarían el traslado de los colaboradores y tiempo de trabajo, dentro de criterios de sentido común.

·         Capturar o transmitir material obsceno, pornográfico, difamatorio u otro tipo de material ofensivo.

·         Enviar mensajes flaming o spamming. Flaming es el envío de mensajes ofensivos o malintencionados vía correo electrónico. Spamming es un esquema de mercadotecnia utilizado para saturar a miles de usuarios con mensajes no solicitados.

·         Instalar software no autorizado (juegos, chat, freeware).

Debido a que los mensajes de correo electr6nico se transmiten a través de comunicación de red, las cuales son inseguras por naturaleza, el correo electrónico no debe considerarse como un medio seguro para el envío de informaci6n confidencial.

Es nuestra responsabilidad como usuarios conocer sí la información enviada o recibida vía correo electrónico es confidencial y si proviene de una fuente oficial y confiable antes de utilizar dicha información con fines relacionados con el negocio.

El personal, interno o externo, que requiera acceso a la infraestructura de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. para uso de correo electrónico e Internet, debe apegarse en estricto sentido a las Políticas establecidas para ello.

Contraseñas

En ningún momento se podrá hacer uso de la identificación de acceso/contraseña, cuenta o dispositivos de autentificación de otra persona, ya que se expone al usuario autorizado a asumir la responsabilidad por acciones que la otra persona lleve a cabo con la contraseña.

En caso de que alguna persona sea sorprendida utilizando una identificación de acceso/contraseña que no le pertenezca, o bien prestando su identificación de acceso/contraseña a terceras personas, será objeto de sanciones administrativas, incluyendo el despido. Se dará el mismo trato a aquel usuario, que, de manera negligente, deje a la vista su identificaci6n de acceso/contraseña y sea utilizado por terceras personas.

Confidencialidad de la información y privacidad de datos

Mantenemos la confidencialidad de la información de Go Beyond SDG, S.A. de C.V., incluida la del personal, clientes, proveedores y en general de todos los actores involucrados en nuestra operación, excepto cuando la divulgación sea autorizada por estos para fines lícitos u ordenada por autoridades judiciales.

En principio, toda la información de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. deberá ser considerada como confidencial. La información confidencial de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. incluye toda la información no publica que, si se revelara, podría ser de utilidad a competidores y/o dañina para la Empresa, sus clientes o proveedores. Dentro de esta clasificación se entiende que existe información que es mas sensible que otra y que, en consecuencia, deberá ser protegida y tratada con mayor seguridad.

Además, cada uno de nosotros tenemos la responsabilidad y obligación de salvaguardar la confidencialidad de la información perteneciente a otra organización que ha sido compartida y/o encomendada a Go Beyond SDG, S.A. de C.V. en general, y con mayor razón cuando ha sido bajo un mandato de la ley, un acuerdo de confidencialidad u otros acuerdos.

Protegemos la privacidad de los datos de nuestros accionistas, directores, colaboradores, proveedores, clientes, así como los datos personales relacionados con estos o cualesquiera que hayan sido compartidos con la Empresa y sus colaboradores, obedeciendo los controles establecidos para prevenir el uso no autorizado o ilegal y la destrucción o extravió de dichos datos.

Go Beyond SDG, S.A. de C.V., consciente de las necesidades de los proveedores, clientes y terceros interesados, cumple con lo establecido con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, por lo tanto, aseguramos que no se usara dicha información para cualquier otro fin que para el que fue recolectada, de acuerdo con lo establecido en dicha Ley.

Propiedad intelectual

En Go Beyond SDG, S.A. de C.V. consideramos la propiedad intelectual como un activo de alto valor. Dicha propiedad incluye, pero no se limita a licencias de software, patentes, procesos y procedimientos, derechos de autor, marcas, secretos industriales o diseños originales.

Por ello, debemos tomar todas las precauciones necesarias y tratar la propiedad intelectual de la Empresa con el mismo cuidado con el que los otros activos de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. son protegidos, asegurándonos de no compartir, divulgar o extraviar informaci6n relacionada con la propiedad intelectual de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. durante y después de nuestra relación laboral o contractual con la Empresa.

Toda información y documentación que sea resultado de las funciones y los servicios que realice algún empleado, proveedor o prestador de servicios, o desarrollada y/o concebida por aquel durante la vigencia de la relaci6n laboral o contractual, será considerada propiedad de la Empresa.

De la misma manera, debemos extender el mismo respeto a la propiedad intelectual de terceros, por lo que nos basamos en el principio de uso razonable y limitado para tratar aquella información protegida por derechos de autor, o derechos de propiedad industrial, y nos adherimos a los parámetros establecidos por el titular de esos derechos en aquellas instancias en las que su uso requiere el consentimiento de este, de acuerdo con las Leyes respectivas.

Información Privilegiada

No es inusual que, en el desempeño de nuestras labores dentro de la Empresa, tengamos acceso o conocimiento de información privilegiada que se caracteriza como información interna que aun no se ha dado a conocer al publico. En tales casos, se prohíbe estrictamente el uso de aquella información para alcanzar, directa o indirectamente, un beneficio propio, familiar o de terceros. En particular, queda prohibido utilizar información privilegiada o revelarla a terceros que pudieran aprovecharla para la compra o venta de valores bursátiles.

Esto se aplica no solo a la información de la Empresa que no es publica, sino también a la información vinculada a otras Empresas a las que tengamos acceso durante el transcurso de nuestras labores.

Adicionalmente, la divulgación de información privilegiada es contraria a la ética profesional y puede ser considerada como una practica ilícita que acarrea sanciones legales y/o penales.

Transacciones con partes relacionadas

Buscamos que las transacciones con partes relacionadas se realicen siempre en condiciones de mercado y bajo esquemas de transparencia para Go Beyond SDG, S.A. de C.V.

Se consideran operaciones con partes relacionadas aquellas que Go Beyond SDG, S.A. de C.V. lleve a cabo mediante una transacción con una persona falca o moral que se encuentre en cualquiera de los siguientes supuestos:

·         Que sea una persona que controle o tenga influencia significativa en una persona moral que forme parte de Go Beyond SDG, S.A. de C.V.

·         Que sea una persona que tenga poder de mando en una persona moral que forme parte de Go Beyond SDG, S.A. de C.V.

·         Que sea el cónyuge, la concubina o el concubinario, y las personas que tengan parentesco por consanguinidad o civil hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el tercer grado, con personas físicas que controlen, tengan poder de mando o influencia significativa en una persona moral que forme parte de Go Beyond SDG, S.A. de C.V.

Para realizar una operación con una parte relacionada, se solicitará autorización a la Dirección General de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. para su aprobación. En ningún caso podrán los facultados aprobar una operación en la cual tengan conflicto de interés o una relación personal con la parte relacionada.

Si fuera el caso, debemos asegurar que toda transacción con partes relacionadas se realice en condiciones de mercado. Cualquier transacción que no cumpla con el proceso establecido para la aprobación, estará sujeta a las sanciones correspondientes.

Se informará periódicamente a la Dirección General sobre cada una de estas transacciones y las revelaciones serán reflejadas en los reportes financieros de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. en cumplimiento con la legislación nacional e Internacional vigente.

NUESTRAS RELACIONES COMERCIALES Y GUBERNAMENTALES

En las relaciones establecidas entre los colaboradores, agentes o representantes con los socios comerciales y/o funcionarios públicos, se debe promover el claro entendimiento de los valores establecidos en el presente Código de Ética para impulsar la creaclón de cadenas de valor sustentables basadas en la competencia justa y una política estricta en materia de anticorrupción.

Asimismo, se deberá mantener con los representantes de las autoridades una actitud de respeto y colaboraci6n en el marco de sus competencias.

Queda prohibido cualquier ofrecimiento, favor, compensación o atención a funcionarios públicos o empleados de autoridades, que pueda estar vinculado al propósito de obtener beneficios o la adopción de resoluciones por las autoridades o supervisores.

Competencia justa

Debemos cumplir plenamente con las leyes antimonopólicas dirigidas a preservar la libre y justa competencia, abarcando la prohibición de practicas que pongan en riesgo la competitividad del mercado, tales como fijación de precios, manipulación de licitaciones, división o asignación de mercados, clientes o territorios, así como cualquier otra acción monopólica.

Competimos éticamente y de manera justa dentro del marco de leyes antimonopólicas y de practicas de competencia leal. Por ello, establecemos reglas generales de conducta orientadas a evitar riesgos en aquellas situaciones en que nos reunamos o tengamos contacto con la competencia. En tales casos debemos:

·         Apegamos a los temas que formen parte de la agenda formal o del propósito declarado de la reunión.

·         Tomar en cuenta que nuestra sola presencia durante una conversación entre terceros sobre asuntos prohibidos puede crear serias consecuencias, tanto para uno mismo como para Go Beyond SDG, S.A. de C.V.

·         Mantener líneas de comunicación adecuadas en los tratos con los clientes o proveedores que también sean competidores y no dar un trato preferencial para beneficio personal a ninguno de ellos.

·         Evitar conversaciones, formales o informales, con los competidores que traten sobre los precios cobrados o pagados o cualquier elemento correspondiente. Esto incluye cualquier comunicación o comentario con cualquier competidor que pudiera interpretarse como una queja o aprobación con respecto a cualquiera de las políticas de la Empresa sobre precios o fijación de precios. Además, se requiere de bastante cautela al tratar cualquiera de tales asuntos con los clientes, los medios de comunicación u otros ajenos a Go Beyond SDG, S.A. de C.V.

En caso de requerir alguna aclaración o más información, debemos consultar a las áreas correspondientes, así como actuar siempre con sentido común y cautela.

Adquisiciones de bienes y servicios

Estamos comprometidos a mantener procesos transparentes de selecci6n de proveedores y contratistas y de adquisición de bienes y servicios, observando los procedimientos orientados a garantizar la imparcialidad y la igualdad de oportunidades entre proveedores potenciales, basados en las condiciones de entrega, calidad, costo económico, tiempo de servicio, experiencia y prestigio.

Adicionalmente, buscamos generar cadenas sustentables de valor, desarrollando proveedores y/o trabajando con aquellos proveedores y contratistas que operen de acuerdo con nuestros valores y que observen nuestros estándares de calidad, seguridad laboral, cuidado ambiental y empresa socialmente responsable, y que cumplan con la normatividad aplicable, con el objeto de crear relaciones que aseguren la continuidad del negocio y que permiten maximizar rendimientos.

Para ello, trabajamos en la identificación de ineficiencias y riesgos laborales, sociales, logísticos, de eficiencia energética y ambiental en la utilizaci6n de bienes y servicios de terceros, buscando desarrollar una cadena sustentable de valor que maximice la creación de valor para la Empresa y sus grupos de interés.

Sobornos

El soborno no sólo puede causarle daño a nuestra organización, sino que también afecta al mercado y a las comunidades en las que trabajamos y vivimos. Esto incluye cualquier tipo de pago, de cualquier valor, que se otorga a una persona, buscando a cambio afectar un proceso correcto de toma de decisiones u obtener o mantener algún negocio, beneficio o favor.

En Go Beyond SDG, S.A. de C.V. prohibimos cualquier forma de corrupción que incluya sobornos y trafico de influencias, y sancionamos tanto el hecho de ofrecer como el de aceptar sobornos, al igual que la participación en cualquier acto de cohecho. cabe resaltar que lo anterior aplica a cualquier actividad de soborno o de trafico de influencias entre particulares o con servidores públicos.

Por otra parte, es importante vigilar que se cumpla con el registro contable de todos los pagos que se hacen a cualquier entidad gubernamental, así como asegurar que todos los terceros que actúen en representación de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. se apeguen a lo establecido en la presente sección. Cualquier indicio de soborno deberá ser notificado inmediatamente a la Dirección General.

Regalos

Los regalos de negocio y las comidas son cortesías orientadas a establecer una buena relación con clientes, proveedores y contratistas. Sin embargo, debemos ser cautelosos cuando entregamos o aceptamos dichas cortesías, ya que podrían constituir un conflicto de interés si crean o causan que otros perciban una obligación o influencia indebida en la toma de decisiones de negocio de Go Beyond SDG, S.A. de C.V.

No esta permitido aceptar de ningún cliente, proveedor, contratista o ninguna otra persona moral o física, regalos, comisiones, dinero en efectivo o favores que vayan mas allá de las cortesías comunes asociadas con las practicas normales y comerciales.

Como guía general, podrán aceptarse regalos y cortesías si:

·         Cumplen con las costumbres, leyes y regulaciones locales.

·         No buscan influir en la toma de decisiones de negocio.

·         No son solicitadas.

·         No son prestamos, efectivo o equivalentes.

·         No son de naturaleza inapropiada.

·         Son infrecuentes.

En caso de que se llegaran a recibir regalos o cortesías fuera de las condiciones anteriormente descritas, se deberán reportar a su jefe inmediato o director de área y entregarlos al área de Recursos Humanos para que formen parte de un sorteo anual para todos los colaboradores.

DERECHOS HUMANOS, NUESTRAS COMUNIDADES Y NUESTRO COMPROMISO AMBIENTAL

Derechos humanos

En Go Beyond SDG, S.A. de C.V.. promovemos y protegemos los derechos humanos de acuerdo con lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

En este contexto, incluimos los derechos de las comunidades y pueblos indígenas en los que participamos, mediante el entendimiento y respeto de costumbres, tradiciones y espacios en los que podemos tener alguna actividad, siempre dentro del marco de la Ley.

De la misma manera nos apegamos a los principios de la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a /os principios y derechos fundamentales en et trabajo.

Lo establecido en la presente sección aplica a nuestra gente y representantes y, sin embargo, prornovemos y esperamos el mismo respeto de los derechos humanos por parte de todos los que integran nuestra cadena de valor y demás grupos de interés. tales como proveedores. contratistas, clientes, personal de seguridad y autoridades.

Comunidad y sociedad

Cada uno de nosotros debemos esforzarnos por conocer y entender las normas, culturas.

necesidades y costumbres de las comunidades en las que trabajamos para poder involucramos, como Empresa, en su desarrollo, buscando que nuestras operaciones y dichas comunidades sean exitosas y sustentables.

Debemos identificar e involucrar, en la medida en que sea posible y conveniente, a los grupos de interés en nuestras actividades y proyectos para poder considerar sus expectativas e inquietudes. con objeto de maximizar la creación de valor y asegurar la sustentabilidad de nuestras operaciones.

El Director General de Go Beyond SDG, S.A. de C.V., es la única persona autorizada para hacer contribuciones caritativas.

En ninguna circunstancia quienes trabajamos en Go Beyond SDG, S.A. de C.V. debemos usar fondos de la compañía para hacer contribuciones en nombre de esta.

Por otra parte, Go Beyond SDG, S.A. de C.V. no hace contribuciones políticas y no participa directamente en las actividades de los partidos políticos. La Empresa se abstiene de apoyar a cualquier político, partido político, funcionario electo, candidato a un cargo publico o campaña política.

Sin embargo, cada uno de nosotros, como individuos, tenemos el derecho de apoyar y participar en las actividades políticas de nuestras comunidades y sociedad, siempre y cuando estas no se asocien a Go Beyond SDG, S.A. de C.V. Cuando hagamos contribuciones políticas como individuos, debemos realizarlas en nuestro tiempo libre y con nuestros propios recursos, asegurándonos de que nunca actuemos en nombre de la Empresa para llevar a cabo cualquier actividad política. Por ningún motivo se podrían usar los activos, recursos, equipo o marcas de Go Beyond SDG, S.A. de C.V. para llevar a cabo contribuciones o actividades políticas.

No se permite aprovechar nuestro puesto, función o autoridad en la Empresa con el objeto de hacer sentir a otro que debiera participar en alguna actividad política o ejercer sus derechos políticos o cívicos de alguna forma determinada.

Medio ambiente

En Go Beyond SDG, S.A. de C.V. minimizamos y compensamos aquellos impactos potencialmente adversos y aseguramos que la gestión ambiental sea parte Integral de todos nuestros procesos, cubriendo cada una de las etapas del ciclo de vida de nuestras operaciones.

Es por ello por lo que en Go Beyond SDG, S.A. de C.V. estamos comprometidos con la protección y conservación del medio ambiente, a través de acciones como:

·         Cumplir con las políticas ambientales establecidas por la Empresa, el marco legal y regulatorio aplicable.

·         Implementar actividades que ayuden a la conservación y buen uso de la energía y agua en todas las operaciones e instalaciones.

·         Compromiso con la ejecución de procesos que protejan el medio ambiente.

·         Cumplimiento y logro de las metas y certificaciones planteadas por la Empresa.

Trabajo de menores de edad

En Go Beyond SDG, S.A. de C.V. en ninguna circunstancia se promoverá o realizará la contratación de menores que no cumplan con la edad legal mínima para trabajar en cualquiera de sus instalaciones.

En Go Beyond SDG, S.A. de C.V. entendemos la importancia de cuidar la informaci6n propia y de terceros, evitando divulgarla sin autorización, sobre todo cuando esta pueda comprometer o causar un daño a Go Beyond SDG, S.A. de C.V., sus accionistas, clientes, proveedores, colaboradores y demás grupos de interés.

En Go Beyond SDG, S.A. de C.V. el contacto con los medios de comunicación externos se lleva a cabo a través de las áreas y/o personas autorizadas por el Director General. Por lo tanto, en caso de que cualquier medio solicite información, deberá ser remitido al Director General.

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